Alfonso Garrido BLaw Tax


El Anteproyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y fomento del Mercado de Alquiler de Viviendas contiene medidas tributarias que son favorables para los no residentes en España que posean bienes inmuebles dentro del país, y que estén obligados a tributar por ellos. Así pues, se modifica el Impuesto sobre la Renta de No residentes (en adelante, IRNR), en los aspectos que indicamos a continuación:


Alfonso Garrido Picón


Rendimientos derivados del arrendamiento de viviendas:

Se establece una nueva exención en el artículo 14 del TRLIRNR del 60% de los rendimientos derivados del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a la vivienda situados en territorio español, y cuando los rendimientos sean percibidos por una persona física residente en otro estado de la Unión Europea la exención alcanza el 100%.


Con esta nueva exención, se pretende equiparar la sujeción de los rendimientos del capital inmobiliario obtenidos por personas físicas tanto residentes como no residentes.


No obstante lo anterior, cuando la persona física sea residente en un paraíso fiscal esta equiparación de tratamiento no se cumple.


Gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes

Se modifica el artículo 40 del TRLIRNR quedando sometidas únicamente a este gravamen especial las entidades residentes en paraísos fiscales.


Alfonso Garrido, B Law Tax